Como parte del paquete legislativo de la UE para regular la divulgación ESG de los participantes en los mercados financieros y proteger los intereses de los inversores, el SFDR es uno de los requisitos obligatorios de divulgación ESG más estrictos del mundo. Si eres una entidad que vende productos financieros o provee asesoría en la UE, el SFDR aplica para ti.
La divulgación de alto nivel bajo SFDR a nivel entidad entró en vigor el 10 de marzo de 2021. A partir del 1 de enero de 2023, los participantes del mercado financiero y los asesores financieros bajo el Artículo 4 de SFDR están obligados a divulgar información adicional a nivel entidad y producto. Estos detalles incluyen 20 métricas del ANEXO I de las Normas Técnicas Regulatorias (RTS): 18 métricas obligatorias de la Tabla 1 del RTS y 2 adicionales (seleccionadas entre 46 métricas de las Tablas 2 y 3).
Tras el primer año de publicación de la declaración PAI, las entidades también deben revelar resultados históricos anualmente para todas las métricas de reporte.