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La Unión Europea (UE) ha entrado en el segundo año de aplicación del Reglamento sobre divulgación de información sobre finanzas sostenibles (SFDR, por sus siglas en inglés), parte de un paquete legislativo sobre finanzas sostenibles. Las medidas también incluyen el Reglamento (UE) 2020/852 (Reglamento de taxonomía, en adelante denominado “TR”). Con el fin de proporcionar una visión más transparente de la inversión sostenible, la Comisión Europea (CE) y las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES) siguen trabajando para mejorar los estándares del SFDR para los participantes, asesores y productos del mercado financiero.
Recientemente se han adoptado dos medidas principales. La primera es que el 25 de marzo las ESA actualizaron conjuntamente la Declaración de Supervisión sobre la aplicación del SFDR y los requisitos en materia de TR. La otra es que el 6 de abril la CE publicó un Reglamento Delegado que consolida las 13 Normas Técnicas de Regulación (RTS) en virtud del SFDR y las disposiciones relacionadas con el TR. El Reglamento Delegado tiene un período de examen de al menos tres meses y su fecha de entrada en vigor no ha cambiado.
Puntos clave de la declaración de supervisión
Durante el período intermedio entre la fecha de entrada en vigor del SFDR y la fecha de aplicación del SFDR RTS, los participantes del mercado financiero y los asesores financieros pueden estar expuestos a riesgos debido a la aplicación divergente de los requisitos del SFDR y del TR. Por lo tanto, la Declaración de Supervisión actualizada tiene como objetivo reducir el riesgo, lograr una divulgación consistente y proteger a los inversores finales de los datos de baja calidad. La Declaración de Supervisión actualizada incluye un nuevo cronograma, junto con las expectativas para cuantificar las divulgaciones de productos según los artículos 5 y 6 del TR y el uso de estimaciones.
1. Cronología
Descripción general del cronograma de la solicitud de nivel 1 del SFDR
La divulgación de nivel 1 del SFDR cubre las disposiciones clave del SFDR a partir del 10 de marzo de 2021 y los Artículos TR a partir del 1 de enero de 2022. En este nivel, los grandes participantes del mercado financiero a los que se hace referencia en el Artículo 4(3)-(4) del SFDR deben preparar la Declaración de Impacto Adverso Principal (PAI) a partir del 30 de junio de 2021. Las grandes instituciones financieras como BlackRock Inc [BLK:US] ya han publicado la primera Declaración PAI para referencia de los inversores.
Descripción general del cronograma de la solicitud de nivel 2 del SFDR
La divulgación del nivel 2 del SFDR se pospone al 1 de enero de 2023. Su retraso brinda a todos los informantes tiempo suficiente para recopilar información relevante y ajustar sus prácticas a las nuevas regulaciones. En este nivel, el resto de los participantes del mercado financiero deben divulgar su primera Declaración PAI a nivel de entidad antes del 30 de junio de 2023, que abarca el año calendario 2022.
Cronograma para la divulgación periódica de productos
La divulgación periódica de productos cubre principalmente los productos financieros contemplados en el artículo 8, el artículo 9 o ambos del SFDR.
Durante el período provisional, la divulgación periódica basada en el artículo 11(2) del SFDR puede referirse al borrador de RTS presentado en febrero y/o octubre de 2021. Además, la divulgación de productos según el artículo 5 y/o 6 del TR debe aplicarse a los dos primeros objetivos ambientales según el artículo 9 del TR. La segunda divulgación periódica basada en el RTS del SFDR debe seguir el SFDR y cubrir la información del producto para todos los objetivos ambientales.
2. Divulgación de información en virtud de los artículos 5 y 6 del Reglamento de taxonomía
De acuerdo con los artículos 5 y 6 del TR, los participantes del mercado financiero o los asesores financieros deben revelar:
a) la información sobre los objetivos medioambientales a los que contribuyen sus productos del artículo 8 y/o 9, y
b) una descripción de cómo y en qué medida sus inversiones en las actividades económicas elegibles según la taxonomía son ambientalmente sostenibles.
La Declaración de Supervisión espera que los reporteros revelen el porcentaje del fondo invertido en las actividades elegibles para la taxonomía.
Objetivos medioambientales
El artículo 9 determina los seis objetivos ambientales elegibles para la taxonomía, donde los dos primeros objetivos son requeridos en la primera divulgación periódica:
a. Cmitigación del cambio climático;
B. Cadaptación al cambio climático;
c. TEl uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos;
D.Tla transición hacia una economía circular;
mi.Pprevención y control de contaminación;
F. TLa protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
En términos de mitigación del cambio climático, el Artículo 10 del TR establece que las actividades calificadas deben contribuir a estabilizar el nivel de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en consonancia con el objetivo de 1,5 °C del Acuerdo de París. Estas actividades incluyen principalmente proyectos relacionados con energías renovables, innovación de procesos y/o productos que puedan mejorar la eficiencia energética y proyectos sobre tecnologías de captura y utilización de carbono (CCU) y captura y almacenamiento de carbono (CCS). El TR alienta a los participantes del mercado financiero y a los asesores financieros a evaluar la posible contribución y viabilidad de todas las tecnologías existentes pertinentes al realizar la evaluación técnica.
Para cumplir con el requisito del artículo 11 del TR, la actividad económica debe contener o proporcionar soluciones de adaptación que puedan reducir el impacto adverso del cambio climático actual sin causar daño a otras personas, la naturaleza o los activos. También se requiere una evaluación técnica en el marco del objetivo de adaptación al cambio climático. Al prepararse para la segunda divulgación periódica, los participantes y asesores del mercado financiero deben cumplir con los requisitos de calificación y los criterios de evaluación técnica para todos los objetivos ambientales, que se explican en los artículos 12 a 18 del TR.
Actividades económicas ambientalmente sostenibles
El artículo 3 del TR establece el grado en que una inversión es ambientalmente sostenible. La actividad económica subyacente puede calificarse como ambientalmente sostenible si contribuye sustancialmente a uno o más de los objetivos ambientales establecidos en el artículo 9 y no perjudica significativamente ninguno de los objetivos del artículo 9 del TR. Los participantes del mercado financiero y las empresas de asesoría deben cumplir con la salvaguardia mínima de cada actividad elegible y realizar una evaluación técnica de cada actividad.
El enfoque de alineación con el TR agregado de la UE
En Taxonomía: Informe final del Grupo Técnico de Expertos sobre Finanzas Sostenibles, un documento complementario al TR, ofrece a los participantes del mercado financiero y a las empresas de asesoramiento un enfoque agregado de alineación con el TR de la UE. Deben divulgar las actividades alineadas con la taxonomía en cada nivel de empresa de inversión y luego incorporarlas a la divulgación a nivel de cartera. El ejemplo que se muestra a continuación Figura 2 muestra el proceso detallado de este cálculo de promedio ponderado.
3. Uso de estimaciones
La expectativa de supervisión es que la estimación de la alineación con la taxonomía debería estar prohibida incluso si las empresas financieras no pueden obtener suficiente información de las divulgaciones públicas de las empresas en las que invierten. En cambio, las ESA establecen que los participantes del mercado financiero o los asesores pueden recabar “información equivalente” sobre la alineación con la taxonomía de las empresas en las que invierten o de proveedores externos. Sin embargo, las ESA no proporcionan más orientación sobre “información equivalente” en esta Declaración de Supervisión.
Próximo paso
Como se mencionó anteriormente, el 6 de abril de 2022, la CE adoptó las normas de regulación de la gestión de riesgos de la UE en forma de Reglamento Delegado. La CE también hace que las normas de regulación de la gestión de riesgos sean más lógicas y precisas en la estructura y los términos involucrados. En comparación con la versión presentada en octubre de 2021, la definición de "actividad económica alineada con la taxonomía" se ha reemplazado por "actividad económica ambientalmente sostenible", que está en línea con la expresión del TR. Además, la CE enfatiza que los participantes y asesores del mercado financiero deben mejorar la comparabilidad de la Declaración PAI, los informes precontractuales y las divulgaciones periódicas. Además, se ha agregado un nuevo requisito para los asesores financieros, donde deben explicar el proceso de selección de productos en su declaración PAI, así como publicarlo en el sitio web.
Fuentes:
https://www.clever-soft.com/post/the-esas-provide-updates-on-sfdr
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32021R1253&from=EN
https://ec.europa.eu/finance/docs/level-2-measures/C_2022_1931_1_EN_ACT_part1_v6%20(1).pdf
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=celex:32020R0852
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R2088-20200712
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