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El Reglamento sobre Divulgación de Información Financiera Sostenible (SFDR) se introdujo como parte del plan de acción de la Comisión Europea sobre financiación del crecimiento sostenible. En vigor desde el 10 de marzo de 2021, el SFDR es ahora una piedra angular del marco de financiación sostenible de la UE, junto con el Reglamento Delegado (UE) 2022/1288 de la Comisión y la Taxonomía de la UE. El SFDR obliga a los participantes en los mercados financieros (PMF) y a los asesores financieros de la UE a revelar cómo se integran los factores medioambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en el proceso de inversión. Se llevó a cabo una evaluación exhaustiva del marco SFDR mediante consultas organizadas por la Comisaria Mairead McGuinness entre septiembre y diciembre de 2023. Los resultados de estas consultas se publicaron el 3 de mayo de 2024, revelando cuestiones clave como el uso del SFDR como herramienta de etiquetado, la necesidad de claridad en las definiciones y las dificultades para obtener datos de alta calidad.
Los encuestados coincidieron en gran medida en la relevancia de la SFDR, pero señalaron su doble papel como herramienta de divulgación y comercialización. La claridad de los requisitos, especialmente el concepto de "inversión sostenible", sigue siendo un reto importante, que plantea riesgos de inseguridad jurídica, lavado verde y venta engañosa. La calidad de los datos para el cumplimiento también surgió como una cuestión crítica, y muchos encuestados se comprometieron activamente con las empresas participadas para mejorar la información. Las consultas revelaron preocupaciones sobre la proporcionalidad de los costes asociados a la divulgación de información SFDR en relación con los beneficios. Más de la mitad de los encuestados consideraron que los costes eran desproporcionados.
La SFDR interactúa con varias directivas y reglamentos de la UE, como el Reglamento sobre índices de referencia (BMR), la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial (CSRD) y la Directiva II sobre mercados de instrumentos financieros (MiFID II). Los encuestados hicieron hincapié en la necesidad de armonizar las definiciones en todas estas legislaciones para evitar la confusión de los inversores y racionalizar la información. Las opiniones están divididas sobre si la SFDR debería establecer requisitos de divulgación a nivel de entidad. Mientras que la mayoría de las FMP y los asesores financieros se opusieron, la mayoría de las ONG lo apoyaron, citando su valor para combatir el lavado verde y proporcionar información valiosa a los inversores.
La mitad de los encuestados se mostraron a favor de imponer requisitos uniformes de información a todos los productos financieros de la UE, independientemente de sus declaraciones de sostenibilidad, para aumentar la transparencia y la comparabilidad. Sin embargo, otros se opusieron, alegando costes innecesarios para los productos no sostenibles. Una mayoría apoyó el establecimiento de un sistema de etiquetado regulado por la UE para los PF, que ayudaría a combatir el lavado verde y facilitaría la comprensión de las estrategias de sostenibilidad de los productos por parte de los inversores. Los encuestados se mostraron a favor de integrar las etiquetas en los documentos de información clave y de alinear los criterios con las referencias ESG de la UE.
Un enfoque híbrido que combina los conceptos del SFDR con un marco de etiquetado voluntario recibió un apoyo significativo. Se espera que la nueva Comisión, tras las elecciones al Parlamento Europeo, publique un informe de revisión completo con posibles enmiendas al SFDR a finales de 2024. Se prevé que el establecimiento de un sistema de etiquetado sea uno de los puntos centrales de las próximas propuestas.
Fuentes:
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