INSIGHTS | CSDDD de la UE y su aplicación en la cadena de suministro.

INSIGHTS | CSDDD de la UE y su aplicación en la cadena de suministro.

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Alexander Olding  
- 15 de diciembre de 2023

La próxima implementación de la Directiva de Debida Diligencia Social Corporativa (CSDDD, por sus siglas en inglés) de la Comisión Europea representa un hito importante en el fortalecimiento de los impactos ambientales y de derechos humanos a nivel corporativo y actúa como una pieza legislativa complementaria a la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD, por sus siglas en inglés). Una vez promulgada, se espera que la CSDDD obligue a las empresas a establecer procesos integrales de debida diligencia para abordar sus impactos directos en una variedad de cuestiones sociales y ambientales, incluida la esclavitud, el trabajo infantil, la explotación laboral, la pérdida de biodiversidad, la contaminación y la degradación ambiental.

Introducida en febrero de 2022 y actualmente en fase de negociación, se espera que el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo de la UE determinen el texto final de la legislación en el cuarto trimestre de 2024. Después de esto, los Estados miembros tendrán un período de dos años tras la entrada en vigor de la directiva para implementar la CSDDD en su legislación nacional en 2026.

Algunos de los puntos clave que se discuten en la fase de negociación incluyen:

  1. Entidades Sujetas al Cumplimiento:Definir qué entidades están obligadas a cumplir con la CSDDD.
  2. Alcance de las obligaciones:Determinar el alcance de las obligaciones aplicables, incluyendo lo que constituye una relación comercial “establecida” y la extensión de las obligaciones a las empresas posteriores.
  3. Funciones del director:Aclarar las responsabilidades de los directores para garantizar el cumplimiento.
  4. Mecanismos de ejecución:Abordar el cumplimiento de las obligaciones, incluidas las normas y sanciones sobre responsabilidad civil.

En virtud de la propuesta de CDSDDD, las empresas deberán llevar a cabo la debida diligencia para identificar, prevenir, mitigar o poner fin al impacto negativo de sus actividades sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Además, las empresas deberán supervisar y evaluar el impacto de sus socios en la cadena de valor, incluidos los proveedores, las ventas, el transporte, la distribución, el almacenamiento y la gestión de residuos. [1]

El papel de la cadena de suministro en la gestión de la cadena de suministro

Teniendo en cuenta la próxima implementación de la CSDDD, que se espera que tenga lugar en algún momento del cuarto trimestre de 2024, se recomienda a las empresas que adopten una postura proactiva a la hora de prepararse para los próximos requisitos. Esto implica integrar medidas específicas dentro de su cadena de valor para alinearse con las expectativas de transparencia y cumplir con la legislación vigente. También se espera que las empresas colaboren más estrechamente con sus socios comerciales en toda su cadena de valor y se aseguren de que cuentan con los recursos necesarios para compartir información de manera confiable. Al establecer un proceso integral de diligencia debida y colaborar con los socios comerciales, las empresas pueden adaptarse con éxito a los nuevos requisitos y seguir creciendo de manera sostenible. [2]

Caso de estudio: Cacao peruano y minería

En Perú, por ejemplo, la industria del cacao está empezando a adaptarse y prepararse para las nuevas regulaciones europeas, como la CSDDD, que también está diseñada para prevenir la deforestación ilegal. Con la creciente demanda mundial de productos agrícolas como factor impulsor de la deforestación, las nuevas regulaciones de "no deforestación" de la UE que funcionarán junto con la CSDDD ayudarán a prohibir las importaciones de productos agrícolas como el cacao que llevan una etiqueta de producción sostenible pero están vinculados con el cultivo en tierras deforestadas ilegalmente. [3]

El Reglamento sobre Deforestación de la UE (EUDR) es un ejemplo de esta legislación contra la deforestación que impide directamente a los comerciantes importar productos específicos, como el cacao, si no cumplen unos criterios estrictos. Estos criterios incluyen la certificación de “libre de deforestación”, la producción en cumplimiento de la legislación pertinente del país de origen y la cobertura de una declaración exhaustiva de diligencia debida, que será un requisito obligatorio a partir de ahora con la CSDDD para cualquier empresa que haga negocios en la Unión Europea. [4] Por supuesto, este desarrollo normativo es parte integral de la agenda legislativa más amplia de la UE que es la CSDDD, que abordará la cadena de valor completa de una empresa y, por lo tanto, mejorará la rendición de cuentas y la sostenibilidad en toda la cadena de suministro.

Desde una perspectiva más amplia, establecer una estrategia de diligencia debida adecuada podría ser un factor diferenciador clave para que el producto de una empresa sea aceptado en la UE. Desde el punto de vista de una iniciativa de seguimiento, las empresas deberían procurar realizar evaluaciones exhaustivas de su cumplimiento medioambiental para garantizar que cada paso de su cadena de suministro cumpla con los requisitos legislativos existentes, pero también cuando finalmente se implemente la CSDDD. En otro ejemplo de su aplicación, la CSDDD podría representar una importante contribución para minimizar los impactos negativos de las operaciones mineras en Espinar, Perú, sobre los defensores de los derechos humanos, las comunidades rurales e indígenas y el medio ambiente, y ayudar a promover una mejor rendición de cuentas corporativa y una justicia justa (RSE). [5]

Consideraciones clave para la transparencia de la cadena de suministro

Para prepararse mejor para el próximo CSDDD, hay una serie de pasos que las empresas pueden seguir:

  • En primer lugar, mitigar los impactos adversos: como parte del cumplimiento de la CSDDD por parte de una empresa, un plan de prevención debe cubrir garantías contractuales con socios comerciales y apoyo y colaboración con PYME más pequeñas en la cadena de valor.
  • En segundo lugar, evitar un mayor impacto ambiental: las empresas deben procurar crear un plan que alinee su modelo de negocio y su estrategia con la transición a una economía sostenible, con el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 °C según el Acuerdo de París y cualquier objetivo regional o nacional establecido por su jurisdicción local. El plan para evitar un mayor impacto ambiental debe evaluar los riesgos e impactos del cambio climático de la empresa y, si se consideran significativos, debe incorporar objetivos de reducción de emisiones.
  • En tercer lugar, cuando las empresas descubren impactos adversos, deben implementar medidas correctivas como la neutralización del impacto, la compensación de los daños y la implementación de planes de acción correctiva. Cuando sea necesario, las empresas pueden intentar aplicar medidas de buenas prácticas, como la rescisión de los acuerdos comerciales con una parte que cause impactos adversos. Esto puede estar relacionado con los abusos de los derechos humanos, que es un área central de atención de la CSDDD.
  • Por último, anticipar un procedimiento de quejas adecuado, donde los clientes, grupos de interés, proveedores, sindicatos y otras partes interesadas puedan comunicar quejas sobre derechos humanos e impactos ambientales causados por las operaciones de la empresa o relación comercial.

Desafíos para los países en desarrollo.

En la fase de negociación en curso de la Directiva sobre la CDSDDD, los sólidos componentes que han dado forma a la misma hasta ahora pueden generar incertidumbres jurídicas, incrementar los costos de cumplimiento y, en particular, disuadir a las empresas más pequeñas con recursos financieros limitados de cumplir los requisitos, en particular en las economías en desarrollo. En consecuencia, esto podría generar unas condiciones de competencia desiguales que permitan a las empresas más grandes y con capacidad financiera hacer negocios en la UE, mientras que las empresas más pequeñas se vean obstaculizadas por su incapacidad para cumplir con las normas de la CDSDDD. En respuesta a este desafío, cada vez hay más demandas de que la UE amplíe la asistencia para el desarrollo, ofreciendo capacitación y apoyo técnico a las empresas que carecen de los recursos necesarios.

En segundo lugar, en el reconocimiento de la debida diligencia efectiva, es importante la colaboración a lo largo de toda la cadena de valor. La Directiva sobre la debida diligencia reconoce los diversos desafíos de sostenibilidad a los que se enfrentan los diferentes sectores y, en consecuencia, incorpora obligaciones específicas para cada sector. La Directiva fomenta activamente la colaboración entre las empresas de cada sector, lo que ayuda a proporcionar un enfoque más colectivo para abordar los desafíos de sostenibilidad y compartir las mejores prácticas. [6]

No obstante, la CSDDD representa un cambio significativo en las prácticas de rendición de cuentas y sostenibilidad corporativas dentro de la Unión Europea. Las empresas deberían tomar nota y comenzar a prepararse para los cambios regulatorios y alinear proactivamente sus operaciones con los próximos requisitos para garantizar el cumplimiento y mantener su compromiso de cumplir con el objetivo principal de mitigar los impactos ambientales y sociales.

Fuentes

[1] https://www.globalcompliancenews.com/2023/07/26/https-supplychaincompliance-bakermckenzie-com-2023-07-21-due-diligence-in-supply-chains-update-on-human-rights-and-environmental-due-diligence-requirements-in-the-eu-_07212023/

[2] https://www.sia-partners.com/en/insights/publications/exploring-corporate-social-due-diligence-directives-potential

[3] https://www.solidaridadnetwork.org/news/peruvian-cocoa-sector-prepares-for-new-eu-regulations-on-deforestation/

[4] https://sustainablefutures.linklaters.com/post/102ihnz/deforestation-regulation-eu-imposes-new-due-diligence-duties-on-operators-and-tr

[5] https://eulatnetwork.org/case-study-mining-in-peru-the-case-of-espinar/

[6] https://www.eivee.io/resources/the-eu-corporate-sustainability-due-diligence-directive-csddd

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