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El Consejo de la Unión Europea (UE) aprobó formalmente el 28 de noviembre la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial (CSRD), tras su reciente aprobación por el Parlamento Europeo a principios de noviembre. Se espera que la Directiva se publique en el Diario Oficial de la UE en el primer trimestre de 2023. La aprobación supone un gran paso en la mejora y expansión de la elaboración de informes de sostenibilidad empresarial en la UE.
Cambios clave en el CSRD
El NFRD puede considerarse un ejemplo destacado de cómo ha cambiado y sigue cambiando el panorama de la divulgación sostenible en la UE. También muestra el esfuerzo de la UE por promover el desarrollo de la responsabilidad ESG. Sin embargo, aún presenta algunas ineficiencias. Para mejorar las NFRD, las CSRD ajustan los requisitos en las siguientes áreas:
A. Ámbito de aplicación
Sólo 11.600 entidades están incluidas en el ámbito de aplicación del NFRD. Esto se debe a que el NFRD excluye de la obligación de informar a las empresas privadas, así como a las pequeñas y medianas empresas (PYME). Además, las filiales no están obligadas a informar si sus empresas matrices pueden cumplir los requisitos del NFRD sobre una base de consolidación. En consecuencia, los inversores y las partes interesadas que desean consultar los informes del NFRD se enfrentan a menudo al problema de la insuficiencia de información debido a su limitado alcance.
Las DRSC amplían el ámbito de aplicación a unas 49.000 empresas de la UE y filiales extranjeras relevantes, que representan 75% del volumen de negocios de todas las sociedades de responsabilidad limitada. En comparación con la NFRD, se aplica a las PYME que cotizan en bolsa, con excepción de las microempresas. También incluye a todas las grandes empresas que se rigen por la UE o están establecidas en un Estado miembro de la UE, así como a las que ya se rigen por el NFRD. Según la CSRD, las grandes empresas incluidas en su ámbito de aplicación deben cumplir dos de los siguientes criterios:
1. Más de 250 empleados;
2. Más de 40 millones de euros de ingresos netos;
3. Activos totales superiores a 20 millones de euros.
B. Flexibilidad y granularidad de los requisitos
A excepción de las directrices sobre información climática, el NFRD es un marco basado en principios sin ninguna orientación detallada, lo que ofrece a las empresas una discrecionalidad considerable a la hora de decidir el contenido y los principios de materialidad. Además, las empresas informantes no están obligadas por ninguna norma de información no financiera, y pueden aplicarse al informe marcos nacionales o mundiales. Por lo tanto, estas características de la NFRD perjudican la comparabilidad de los informes y, en ocasiones, conducen a la divulgación de información considerada irrelevante por los usuarios de los informes NFRD. La vaguedad de las directrices del marco basado en principios influirá en la calidad de los datos y dificultará la recopilación de datos precisos en el proceso de elaboración de informes.
Con arreglo a la Directiva, las empresas deben publicar declaraciones de sostenibilidad separadas como parte de sus informes de gestión que contengan información sectorial, específica del sector y específica de la empresa. Esto puede ayudar a los preparadores a conectar la información financiera y no financiera en sus informes. El ESRS atribuye a las normas agnósticas sectoriales, que abarcan una norma sobre principios generales para la elaboración de informes de sostenibilidad, una norma sobre requisitos de divulgación generales y 10 requisitos de divulgación basados en KPI sobre temas ESG. El EFRAG está trabajando en las normas restantes, donde la específica para entidades está diseñada para las PYME. Las normas basadas en los indicadores clave de rendimiento pueden ayudar a los responsables de la elaboración de informes a divulgar información más completa y precisa para satisfacer las demandas de los usuarios, lo que aumentará aún más la credibilidad del informe.
C. Auditoría y garantía
En las NFRD, el auditor legal debe verificar la existencia de la declaración no financiera, pero no está obligado a comprobar la exactitud de los datos ni el procedimiento de tratamiento de los mismos. La falta de un trabajo de auditoría en profundidad conlleva el riesgo de una mala calidad de los datos de las empresas declarantes. Sin embargo, el CSRD publicó un requisito obligatorio de auditoría para los informes de sostenibilidad con el fin de aumentar su fiabilidad. Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la CSRD deben buscar una garantía limitada sobre su información de sostenibilidad, que pasará a un requisito de garantía razonable en una fase posterior.
Aspectos destacados de la DSRG
Los requisitos de información se introducirán gradualmente para los distintos tipos de empresas.
EJERCICIO 2024: Las grandes empresas incluidas en el ámbito de aplicación del NFRD deben publicar su primer informe CSRD.
AÑO FISCAL 2025: Todas las grandes empresas tienen que publicar un informe CSRD y divulgar información en el año fiscal 2024 de acuerdo con las normas ESRS.
EJERCICIO 2026: Las PYME que cotizan en bolsa están obligadas a informar a partir de 2026, con otra posibilidad de exclusión voluntaria hasta 2028.
EJERCICIO 2028: Todas las empresas de fuera de la UE que ganen más de 150 millones de euros y tengan una o más filiales o sucursales están obligadas a informar.
El término "doble materialidad" se introdujo en las NRFD y será sucedido por las CSRD. De acuerdo con las DE de la NRVS 1 y la NRVS 2, la CSRD mejora el concepto y especifica los requisitos de divulgación de la doble materialidad. El término engloba dos aspectos de la materialidad: la materialidad financiera y la materialidad de impacto.
La materialidad del impacto se refiere a un asunto sostenible que tiene un impacto material real o potencial sobre las personas o el medio ambiente a corto, medio o largo plazo. El impacto puede ser cualquier cosa que ocurra en cualquier nivel de las relaciones empresariales de la cadena de valor. La materialidad del impacto real viene determinada por la gravedad, como la escala y la irremediabilidad del daño. Por otra parte, la materialidad del impacto potencial dependerá de su probabilidad.
Al evaluar la materialidad financiera, las empresas deben centrarse en los asuntos sostenibles que puedan desencadenar efectos financieros en las empresas a corto, medio o largo plazo. Por ejemplo, una empresa que explote fábricas con vertidos de efluentes debe considerar la prevención de la contaminación como un asunto sostenible material desde el punto de vista financiero, ya que la mala gestión de los vertidos puede acarrear sanciones económicas por parte de los organismos reguladores y repercutir negativamente en su capacidad de generación de ingresos debido al daño a su reputación.
Antes de la elaboración del ESRS, la Global Reporting Initiative (GRI), organismo normativo para un marco de divulgación ESG ampliamente adoptado, firmó un acuerdo de cooperación con el EFRAG para alinear su marco de información voluntaria con el ESRS. Además, la propuesta del CSRD afirmaba que seguiría al Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera relacionada con el Clima (TCFD) en lo relativo a los requisitos para la información sobre sostenibilidad relacionada con el clima. Por otra parte, el NFRD exige a los preparadores que comuniquen la información relacionada con el clima de conformidad con el GHG Protocol. Como una extensión de la enmienda al NFRD, el CSRD también se refiere al GHG Protocol como su guía para la divulgación relacionada con el clima. Por último, el EFRAG acuerda unirse a un grupo de trabajo entre iniciativas normativas establecido por el Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) para trabajar en el desarrollo de una línea de base global de divulgación financiera de sostenibilidad. También ha realizado un análisis comparativo con la propuesta del ISSB, concluyendo que, debido a las diferencias entre las normas, las empresas y los inversores pueden tener que lidiar a corto plazo con varias normas de información sobre sostenibilidad.
Cómo deben prepararse las empresas para las DRSC
1. Familiarícese con los requisitos de información del CSRD y el borrador del ESRS. Para determinadas empresas, la adopción comenzará en 2024 según el calendario escalonado.
2. Identificar los riesgos y oportunidades ASG de la empresa. Llevar a cabo evaluaciones de riesgos para detectar lagunas en la gobernanza, las políticas y los procedimientos existentes en relación con las cuestiones ASG, tal como se establece en las normas ASG pertinentes. Esto debe hacerse tanto a nivel de la empresa matriz como de las filiales, ya que las empresas no pertenecientes a la UE a lo largo de la cadena de valor también están incluidas en los informes del CSRD.
3. Llevar a cabo una evaluación de la materialidad siguiendo el principio fundamental de la doble materialidad. Describa los impactos y documente el proceso, las metodologías y los recursos aplicados en la práctica.
4. Garantizar la cobertura y la calidad de los datos, así como la fiabilidad de la recogida de datos, ya que el CSRD exige informes de mayor calidad y una labor de auditoría obligatoria.
El cumplimiento de los nuevos requisitos del CSRD sigue siendo un reto para muchas empresas porque este proceso exige un gran conjunto de conocimientos y habilidades diversificadas. Seneca ESG ofrece una plataforma SaaS que aborda los problemas durante la elaboración de informes y otros aspectos de la gestión sostenible de las empresas. Nuestro experimentado equipo proporcionará servicios profesionales para ayudar a las empresas con el cumplimiento de la CSRD, la descarbonización y la inversión sostenible. Contacte con nosotros en info@senecaesg.com para obtener soluciones personalizadas para usted.
Fuentes:
https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/qanda_21_1806
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:52021PC0189&from=EN
https://www.efrag.org/lab3?AspxAutoDetectCookieSupport=1
https://www.esginvestor.net/efrag-consults-on-european-sustainability-reporting-standards/
https://mp.weixin.qq.com/s/UxeOrhdbZOoMWCUWZd3qlw
https://mp.weixin.qq.com/s/8dYnzDadZUGsQ__ycpRD5w
https://www.esgtoday.com/eus-corporate-sustainability-reporting-legislation-adopted/ https://www.efrag.org/Assets/Download?assetUrl=/sites/webpublishing/SiteAssets/EFRAG+Press+release+First+Set+of+draft+ESRS.pdf
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