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El auge global de las inversiones ESG en los últimos años ha traído consigo un aumento de las conductas de lavado de imagen por parte de los proveedores de productos de inversión. El lavado de imagen es conocido como una práctica engañosa en la que las empresas exageran sus enfoques respetuosos con el medio ambiente para obtener más beneficios. El fenómeno se vuelve cada vez más común a medida que los fondos ESG emergen como uno de los artículos más populares en Wall Street. A nivel mundial, los fondos ESG recibieron USD 649 mil millones en 2021, lo que marca un aumento de 561 TP3T desde los USD 285 mil millones recibidos en 2019. Incentivados por el atractivo de los fondos ESG, los gestores de inversiones se apresuraron a poner una etiqueta ESG en todo, a veces sin la debida diligencia. Como resultado, el lavado de imagen se convierte en una preocupación legítima.
Para frenar el lavado de imagen descontrolado, a principios de junio la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) inició una investigación sobre Goldman Sachs por la posible exageración de sus criterios ESG para algunos fondos de inversión, lo que envió una clara señal a la industria financiera de que la campaña contra el lavado de imagen ha comenzado. Esta investigación siguió de cerca el acuerdo de 1,5 millones de dólares que la SEC alcanzó en mayo con BNY Mellon Investment Advisers. BNY Mellon fue multada por declaraciones erróneas y omisiones en relación con sus criterios ESG para evaluar las inversiones. Estos acontecimientos han sido vistos por los observadores como un punto de inflexión para la industria de gestión de activos, ya que creen que la industria ahora está bajo presión de los reguladores y las fuerzas del orden por el lavado de imagen.
La SEC propuso normas de divulgación y denominación de criterios ESG para asesores de inversión y fondos
La SEC propuso dos cambios importantes en las normas para contrarrestar el lavado de imagen. La primera propuesta es la Norma de nombres (Norma 35d-1) para los nombres de los productos de inversión, y la segunda propuesta es un conjunto de normas de divulgación de criterios ESG para las empresas de inversión registradas, los fondos y los asesores.
La primera propuesta exige que los productos de inversión estén etiquetados de manera veraz. Por ejemplo, las empresas de inversión registradas cuyos nombres sugieran un enfoque en un tipo particular de inversión deben invertir al menos el 80% del valor de sus activos en esas inversiones. Además, a los proveedores de fondos no se les permite etiquetar sus productos como ESG a menos que su proceso de inversión dependa de ESG más que de otros factores. Para ilustrar el problema del lavado de imagen verde en la denominación y el etiquetado, un estudio realizado por la organización sin fines de lucro de responsabilidad social corporativa As You Sow publicado a principios de este año concluyó que 60 de los 94 fondos etiquetados como productos ESG carecían de convicción ESG, y muchos de estos fondos contenían inversiones en combustibles fósiles. Los proveedores de fondos deben pensar en la sostenibilidad de una manera que implique cambiar sus filosofías de inversión en lugar de simplemente reempaquetar los fondos como productos ESG.
La segunda propuesta busca evitar el lavado de imagen en las estrategias empleadas por los asesores de inversión y las compañías de inversión. Para las compañías de fondos, la SEC describió requisitos de divulgación por niveles para diferentes niveles de uso de factores ESG. Por ejemplo, los fondos de integración enfrentarían los requisitos de divulgación más bajos, mientras que los fondos centrados en ESG requerirían una divulgación detallada y una tabla de revisión de estrategias ESG estandarizada. Mientras tanto, los fondos de impacto enfrentan los requisitos de divulgación más altos, ya que necesitarían divulgaciones generalmente similares en sus folletos con respecto a su consideración de los factores ESG en las estrategias de inversión significativas o los métodos de análisis que siguen e informarían cierta información ESG en sus presentaciones anuales a la SEC.
Cómo abordar el lavado de imagen verde en otras jurisdicciones
Además de Estados Unidos, otras jurisdicciones no escatimaron esfuerzos para reforzar la supervisión del lavado de imagen. Los reguladores están mejorando y unificando activamente las normas relacionadas con los criterios ESG y proponiendo nuevos requisitos para los gestores de activos en términos de definición y clasificación de productos ESG, así como de divulgación de información. La UE y Hong Kong son dos de las jurisdicciones más proactivas que están mejorando sus regulaciones financieras a la luz de las preocupaciones por el lavado de imagen.
Unión Europea
La UE se dispone a convertirse en pionera en el establecimiento de normas globales de información sobre sostenibilidad. Una de las principales regulaciones de la UE para regular el mercado de financiación ESG es el Reglamento de Divulgación de Información sobre Finanzas Sostenibles (SFDR), que entró en vigor el 10 de marzo de 2021. El SFDR elevó el listón para los productos de inversión, especialmente aquellos que buscan promover ESG y aquellos con objetivos sostenibles, al establecer estrictos estándares mínimos de divulgación. Exige a los gestores de fondos que proporcionen información sobre los riesgos ESG y el impacto negativo de sus inversiones en el planeta y la sociedad por primera vez. Los participantes y asesores del mercado financiero deberán proporcionar información tanto a nivel de entidad como a nivel de producto. La información a nivel de entidad debe divulgarse públicamente en sus sitios web, mientras que la información a nivel de producto debe añadirse a los documentos precontractuales y publicaciones periódicas.
Hong Kong
Para ayudar a los inversores a identificar los fondos ESG adecuados y reducir las oportunidades de lavado de imagen, en junio de 2021, la Comisión de Valores y Futuros de Hong Kong (SFC) emitió una circular a las empresas gestoras de fondos mutuos y fondos de inversión autorizados por la SFC para mejorar la divulgación de información de los fondos que incorporan factores ESG como un enfoque clave de inversión. La circular exige que los gestores de los esquemas de inversión colectiva (CIS) tengan en cuenta los riesgos relacionados con el clima en sus procesos de inversión y gestión de riesgos y hagan divulgaciones adecuadas sobre su metodología para los fondos ESG. La SFC ha establecido criterios específicos para los fondos centrados en ESG sobre divulgación, estrategia y normas. Los requisitos propuestos ayudan a garantizar que los gestores de fondos aborden adecuadamente los riesgos relacionados con el clima y promuevan una divulgación clara, comparable y de alta calidad.
Regulación y mercado: el esfuerzo colaborativo para frenar el lavado de imagen verde
En conjunto, estas regulaciones pueden ayudar a aliviar parte del lavado de imagen verde, pero la solución a largo plazo dependerá de una combinación equilibrada de fuerzas regulatorias y medidas basadas en el mercado. Además de responder a los riesgos de los reguladores financieros, el sector financiero debería cambiar su perspectiva y ser más intencional en cuanto a las implicaciones sociales y ambientales del capital. Por otro lado, si bien los esfuerzos regulatorios para abordar las cuestiones de lavado de imagen verde son bienvenidos, la supervisión debe ser proporcionada para asegurarse de que los inversores no se desanimen a crear productos centrados en la sostenibilidad debido a los requisitos onerosos. Garantizar la veracidad de los criterios ESG y la sostenibilidad en el sector financiero requiere un esfuerzo coordinado entre los organismos supervisores y los gestores de fondos.
Fuentes:
https://www.investmentnews.com/sec-presses-on-with-anti-greenwashing-proposals-222034
https://www.sec.gov/files/ia-6034-fact-sheet.pdf
http://www.picuw.com/show-3449-5581-1.html
https://www.morningstar.co.uk/uk/news/213385/will-the-sfdr-prevent-greenwashing.aspx
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